
La Instrucción IS-47 es la norma del Consejo de Seguridad Nuclear que, desde mayo de 2025, determina qué municipios españoles son de «actuación prioritaria» frente al radón y establece cómo deben medirlo los centros de trabajo situados en ellos. Es, en la práctica, la pieza que convierte una recomendación difusa en una obligación concreta con nombres de municipios.
De dónde viene
La IS-47 no es un capricho administrativo; es el último eslabón de una cadena que empieza en Europa. La directiva 2013/59/Euratom obligó a los Estados a crear planes nacionales contra el radón e identificar las zonas más expuestas. España la incorporó con el Real Decreto 1029/2022, que estableció el deber de evaluar la exposición al radón en los lugares de trabajo. Faltaba concretar el listado de municipios y el procedimiento de medición, y eso es justo lo que hace la IS-47, publicada en el BOE el 1 de mayo de 2025 y en vigor desde el día siguiente.
Qué establece exactamente
La instrucción hace dos cosas fundamentales:
- Fija el listado de municipios de actuación prioritaria. Son los que figuran como «Zona II» en el Apéndice B de la Sección HS6 del Código Técnico de la Edificación, elaborado a partir del mapa de potencial de radón del propio Consejo de Seguridad Nuclear.
- Marca las directrices de medición en los centros de trabajo de esos municipios: cuánto tiempo hay que medir, cuántos detectores hacen falta según el tipo de espacio, en qué periodo del año y con qué requisitos de laboratorio.
¿A quién obliga?
A los titulares de los centros de trabajo ubicados en municipios prioritarios que tengan puestos en plantas bajas, sótanos, semisótanos o en contacto con el terreno. La responsabilidad recae en quien explota la actividad, y la evaluación debe integrarse en la prevención de riesgos laborales del centro. Por extensión, afecta también a promotores inmobiliarios, servicios de prevención y responsables de instalaciones públicas y privadas.
Si quieres el detalle de cuándo entra tu negocio y cómo cumplir, lo tienes en ¿es obligatorio medir el radón en mi empresa?.
En Madrid, ¿cuántos municipios entran?
La Comunidad de Madrid tiene 86 municipios clasificados como Zona II (de un total de 145 municipios clasificados por potencial de radón). Están concentrados sobre todo en la sierra y el noroeste, sobre suelo granítico. El motivo geológico lo explicamos en ¿por qué hay tanto radón en la sierra de Madrid?.
Qué NO dice la IS-47
Conviene aclararlo, porque circula mucha confusión:
- No crea un régimen de multas propio. La vigilancia se canaliza a través del Consejo de Seguridad Nuclear y de los órganos de industria; no hay un cuadro de sanciones específico con importes.
- No obliga a las viviendas. En vivienda la medición sigue siendo voluntaria, aunque el Ministerio de Sanidad la recomienda en zonas de alto potencial. Quien obliga en obra nueva y grandes reformas es el Código Técnico de la Edificación, no la IS-47.
- No dice que si vives en zona prioritaria tengas radón alto. La clasificación indica probabilidad geológica; el nivel real de cada edificio solo se sabe midiendo.
Fuentes: Consejo de Seguridad Nuclear (Instrucción IS-47) · BOE, Instrucción IS-47 de 9 de abril de 2025 · Real Decreto 1029/2022 · Directiva 2013/59/Euratom · Código Técnico de la Edificación, Sección HS6.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo está en vigor la IS-47?
Se publicó en el BOE el 1 de mayo de 2025 y entró en vigor al día siguiente.
¿La IS-47 obliga a medir en mi vivienda?
No. La obligación es para centros de trabajo. En vivienda la medición es voluntaria, aunque recomendable en zonas de alto potencial.
¿Dónde puedo ver si mi municipio está en el listado?
En el mapa de potencial de radón del Consejo de Seguridad Nuclear y en el comprobador de esta web.
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